LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot.
En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER:
PUBLICACIÓN AVISO No. 243 de septiembre de 2022 DIRIGIDO A LOS SEÑORES JOSÉ DE JESÚS CHACÓN HERNÁNDEZ, JAIRO ALBERTO CORTÉS GARCÍA, ARMANDO DÍAZ, EDGAR FERNANDO BARBOSA PINEDA, LUIS CARLOS LAGUNA SOTO, EDIBER MENDOZA ISEDA, JOSÉ JOAQUÍN URQUIJO CÁRDENAS, MARCO ARCENIO SIERRA SILVA, MARTÍN DARIO RENDÓN BETANCUR, GUILLERMO DÍAZ VANEGAS, JAIRO ERNESTO BELTRÁN MENDOZA, HEREDEROS DETERNIMADOS E INDETERMINADOS DE CIRO ANTONIO PEDRAZA GÓMEZ y HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE MARIA EUGENIA QUESADA ACOSTA, NOTIFICACION POR AVISO 20226060013025 del 24 de agosto de 2022 – Predio No. ALMA-3-0069
Publicado: 06/09/2022 – Despublicado: 12/09/2022
PUBLICACIÓN AUTO 2022-00228-00 CONFORME AL AUTO DE ADMISIÓN NUMERAL 7 Y PARA FINES DE LOS ARTÍCULOS 21 Y 24 DE LA LEY 472 DE 1998.
Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.