Contrato
APP 003/2014
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Le corresponde a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., diseñar, construir, mejorar, rehabilitar, mantener, operar y financiar la vía Honda-Puerto Salgar-Girardot, con estas obras unimos el norte con el sur del país.

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NOTIFICACIONES POR AVISO - JUNIO 2023

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP  No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot.

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER


 AVISO No. 245 de 2023 DIRIGIDO A LOS SEÑORES HEREDEROS DETERMINADOS É INDETERMINADOS DE HELIODORO ALVAREZ, PREDIO ALMA-3-0132. NOTIFICACIÓN POR AVISO acerca de la RESOLUCIÓN nO. 20236060007745 DEL 23 DE junio de 2023.

 
Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.033

 

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP  No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot.

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER 

 

Publicación AVISO No. 244 de 2023 DIRIGIDO A LOS SEÑORES HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE HELIODORO ÁLVAREZ PREDIO ALMA-3-0132. Notificación por aviso acerca de la oferta formal de compra OFC-502-2019 de 23 de mayo de 2019. Publicado: 24/02/2023 – Despublicado: 03/03/2023.
 
Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.033

 

NOTIFICACIONES POR AVISO - NOVIEMBRE 2023

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP  No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot.

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER

 

Aviso No. 246 de 2023 dirigido a los herederos determinados e indeterminados de JORGE ENRIQUE OLIVEROS CARRILLO, herederos determinados e indeterminados de ABEL REIRÁN GUZMÁN, herederos determinados e indeterminados de HELI DIAZ MOYANO, herederos determinados e indeterminados de MOISÉS GAITÁN RODRIGUEZ, herederos determinados e indeterminados de ADRIANA GALINDO BUENAVENTURA, herederos determinados e indeterminados de JOSÉ CIZAR HERNÁNDEZ PADILLA, herederos determinados e indeterminados de CARLOS HERRADA HERNÁNDEZ, herederos determinados e indeterminados de OTONIEL JIMENEZ CAICEDO, herederos determinados e indeterminados de JOSÉ DEL CARMEN HERRERA BASTO, herederos determinados e indeterminados de JOSÉ ABELARDO LÓPEZ GÓMEZ, herederos determinados e indeterminados de LUIS ANTONIO MALAVER CAICEDO, Predio Alma-3-0098., Notificación por aviso de la resolución N°. 20236060012115 del 21 de septiembre de 2023 Publicado:  14 de noviembre de 2023 – Despublicado: 21 noviembre de 2023


Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.033

 

CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S INFORMA:

Se busca al señor Ovidio de Jesús Rúa, identificado con cédula de ciudadanía 10.172.620 de La Dorada, para que se comunique al teléfono 323 2056590, e-mail [email protected] o en la Oficina de Atención al Usuario ubicada en el Área de Servicio Guarinocito PR 18+500 vía La Dorada- Guarinocito, con el fin de adelantar trámites personales e intransferibles.
Publicado: 07/07/2022 – Despublicado: 07/01/2023

EDICTO POR FALLECIMIENTO

Por disposición del Artículo 212 del Código Sustantivo del Trabajo se hace saber a todas las personas que tengan interés o relación con el fallecimiento del señor Edwin Hernando Torres Barrero, Q.E.P.D., identificado con C.C. 5.864.688, que ocurrió el día 19 de agosto de 2023, en la vereda Gramalotal del municipio de Beltran, que se ha iniciado el proceso de pago de acreencias laborales correspondiente.
Concesión Alto Magdalena S.A.S. convoca a todos los herederos, legatarios, acreedores y demás personas que se consideren con derecho a intervenir en la sucesión del fallecido, para que comparezcan dentro de los treinta (30) días siguientes a la publicación de este edicto, a fin de hacer valer sus derechos y presentar las pruebas pertinentes.
Se advierte que aquellos que no comparezcan dentro del plazo señalado, serán excluidos de los beneficios que pudieran corresponderles en la sucesión.
Se ordena la publicación del presente edicto en un periódico de amplia circulación, por tres (3) veces, con intervalos no menores a quince (15) días entre cada publicación.
Dado en Bogotá, a los cinco (05) días del mes de octubre de dos mil veintitrés (2023).

NOTIFICACIONES POR AVISO - SEPTIEMBRE 2022

NOTIFICACIONES POR AVISO - AGOSTO 2022

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot. 

 

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER:   

 

Publicación Aviso No. 241 de 2022 dirigido a los señores herederos determinados e indeterminados de OMAIRA VALENCIA SERNA, DIEGO CRUZ GONZÁLEZ y GESTIÓN EMPRESARIAL DORADO S.A.SPredio Alma-3-0073. Notificación por aviso acerca de la Notificación por Aviso de la Resolución No. 20226060009415 del 13 de julio de 2022. Publicado: 05/08/2022 – Despublicado: 12/08/2022 

 

Publicación Aviso N° 242 de 2022 dirigido a los señores herederos determinados e indeterminados de JOSE IGNACIO LUQUE ROMERO, Predio Alma-2-0136-1.  Notificación por Aviso de la Resolución No. 20226060011295 del 18 de agosto de 2022. Publicado: 22/08/2022 – Despublicado: 26/08/2022 

 

Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.

 

 

NOTIFICACIONES POR AVISO - JUNIO 2022

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot. 

 

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER:   

 

Publicación Aviso no. 240 de 2022 dirigido a los señores herederos determinados e indeterminados de José Cizar Hernández Padi, herederos determinados e indeterminados de Carlos Herrada Hernández, herederos determinados e indeterminados de Otoniel Jiménez Caicedo, herederos determinados e indeterminados de José del Carmen Herrera Basto, herederos determinados e indeterminados de José Abelardo López Gómez, herederos determinados e indeterminados de Luis Antonio Malaver Caicedo, herederos determinados e indeterminados de Jorge Enrique Oliveros Carrillo, herederos determinados e indeterminados de Abel Reirán Guzmán, herederos determinados e indeterminados de Heli Díaz Moyano, herederos determinados e indeterminados de Moisés Gaitán Rodríguez, herederos determinados e indeterminados de Adriana Galindo Buenaventura, predio ALMA-3-0098. Notificación por aviso sobre la Oferta Formal de Compra OFC-605-2022 de fecha 31 de enero del 2022. Publicado: 07/06/2022 – Despublicado: 14/06/2022

 

 

Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de
noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot. 

 

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER:   

 

Publicación Aviso No. 239 de 2022 dirigido a los señores herederos determinados é indeterminados de JOSE IGNACIO LUQUE ROMERO, Predio Alma-2-0136-1. Notificación por aviso acerca de la Oferta Formal de Compra OFC-570-2020 de fecha 11 de junio de 2020. Publicado: 01/06/2022 – Despublicado: 08/06/2022.

 

 

Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.

NOTIFICACIONES POR AVISO - MAYO 2022

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de
noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot. 

 

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER:   

 

Publicación Aviso No. 238 de 2022 dirigido a los SEÑORES TERCEROS INTERESADOS INDETERMINADOS y a GESTION EMPRESARIAL DORADA SAS – EN LIQUIDACIÓN, en calidad de propietarios del predio denominado internamente como ALMA-3-0073, Alcance de la Oferta Formal de compra No. ALCANCE OFC-556-2020. Publicado: 18/05/2022 – Despublicado: 25/05/2022.

 

 

Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.

NOTIFICACIONES POR AVISO - ABRIL 2022

LA AGENCIA NACIONAL DE INFRAESTRUCTURA, establecimiento público de orden nacional, adscrito al Ministerio de Transporte, según Decreto No. 4165 de 3 de noviembre de 2011 entidad que para todos los efectos de estructurar, planear, contratar, ejecutar y administrar los contratos de concesión de infraestructura de transporte, en cumplimiento de lo establecido en el Art. 13 de la Ley 9 de 1989 y Art. 61 de la ley 388 de 1997 y demás normas concordantes y vigentes, por medio del Contrato de Concesión APP  No. 003-2014; facultó a la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., firma concesionaria, para adelantar en su nombre y representación, bajo la modalidad de delegación de funciones, la obligación de financiación, construcción, rehabilitación, mejoramiento, operación y mantenimiento del Corredor Honda – Puerto Salgar – Girardot, de acuerdo con el Apéndice Técnico 1 y demás apéndices del Contrato, incluido el trámite para la adquisición por el procedimiento de enajenación voluntaria de los predios afectados al paso de la vía del proyecto vial Honda – Puerto Salgar – Girardot.

En virtud de lo anterior y de conformidad con el artículo 69 de C.P.A.C.A, el Representante Legal de la CONCESIÓN ALTO MAGDALENA S.A.S., HACE SABER 

 

 
Publicación AVISO No. 235 de 2022 DIRIGIDO A LOS SEÑORES OMAIRA VALENCIA SERNA, DIEGO CRUZ GONZALEZ, GESTIÓN EMPRESARIAL DORADO S.A.S. y COMERCIALIZADORA CALLE Y CIA S. EN C.S, PREDIO ALMA-3-0073. aclaración de las áreas requeridas del ALCANCE DE OFERTA DE COMPRA ALCANCE-OFC-556-2020 de fecha 30 de noviembre de 2021. Publicado: 04/04/2022 – Despublicado: 11/04/2022.
 
Publicación AVISO No. 236 de 2022 DIRIGIDO A LOS SEÑORES JOSÉ DE JESÚS CHACÓN HERNÁNDEZ, JAIRO ALBERTO CORTES, ARMANDO DIAZ, EDGAR FERNANDO BARBOSA PINEDA, LUIS CARLOS LAGUNA SOTO, EDIBER MENDOZA ISEDA., JOSE JOAQUIN URQUIJO CARDENAS, MARCO ARCENIO SIERRA SILVA, MARTIN DARIO RENDON BETANCUR, JAIRO ERNESTO BELTRAN MENDOZA, HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE CIRO ANTONIO PEDRAZA GOMEZ Y HEREDEROS DETERMINADOS E INDETERMINADOS DE MARIA EUGENIA QUESADA ACOSTA, PREDIO ALMA-3-0069. aclaración de las áreas requeridas del NOTIFICACION POR AVISO Oferta Formal de Compra -OFC-606-2022 del 31 de enero de 2022. Publicado: 06/04/2022 – Despublicado: 13/04/2022.
 
Publicación AVISO No. 237 de 2022 DIRIGIDO A LOS SEÑORES HEREDEROS INDETERMINADOS DE JUAN ANTONIO MARTÍNEZ CRUZ, HEREDEROS INDETERMINADOS DE BASILIO DE JESÚS LEONEL GARCÍA, HEREDEROS INDETERMINADOS DE ALONSO RAMIREZ MURILLO, HEREDEROS INDETERMINADOS DE FAUSTINO FIGUEROA BARRAGÁN, HEREDEROS INDETERMINADOS DE JOSÉ ANTONIO GONZÁLEZ HINESTROZA y HEREDEROS INDETERMINADOS SALOMÓN LOZANO, PREDIO ALMA-3-0056. NOTIFICACION POR AVISO de la Resolución No. 20226060001935 del 15 de febrero de 2022. Publicado: 18/04/2022 – Despublicado: 25/04/2022.
 
 
Se realiza publicación en la página web de la Concesión Alto Magdalena de acuerdo a lo contemplado en el Art. 69 de la Ley 1437 de 2011, por el término de cinco (5) días, cuya notificación se considerará surtida al finalizar el día siguiente a la fecha de despublicación del aviso.

TÉRMINOS DE REFERENCIA ARRENDAMIENTO CAFETERIA ÁREA DE SERVICIOS

TÉRMINOS DE REFERENCIA ARRENDAMIENTO CAFETERÍA ÁREA DE SERVICIOS

Ruta Nacional 4510 Pr 18+500 Sector Guarinocito

NOTICIAS

¿CÓMO POSTULARSE A UNA OFERTA DE TRABAJO?

La Concesión Alto Magdalena S.A.S. en convenio con la agencia pública de empleo del SENA, continúan trabajando para que la comunidad participe en los procesos de registro de hoja de vida, actualización de datos

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O NUESTRA LINEA NACIONAL 018000-196056

El principal objetivo para el área operativa en el corredor vial antes mencionada, consiste en brindar  y garantizar a lo largo de 190 KM concesionados, las medidas de seguridad y el acompañamiento a los usuarios de la vía ante cualquier eventualidad que sobre este se presente.

 TRANQUILIDAD – AMBULANCIAS

Dos ambulancias tipo TAM (medicalizados) que está al servicio de los usuarios permanentemente, con personal capacitado para prestar los primeros auxilios en los accidentes de tránsito a los pacientes y trasladarlos a los centros hospitalarios cercarnos a lo largo del corredor vial.  

ALIVIO-GRÚAS

– Dos grúas livianas con capacidad para movilizar vehículos de peso bruto hasta de 15 toneladas.

– Dos grúas pesadas con capacidad para movilizar vehículos de peso bruto hasta de 30 toneladas.

Las grúas son atendidas por mecánicos, quienes se encargan de retirar de la vía el vehículo y trasladarlo al centro de servicio más cercano. Estas grúas están dotadas con los accesorios de seguridad necesarios para prestar un servicio óptimo en la vía.

APOYO-CARRO TALLER

Dos carro taller operados por conductores mecánicos capacitados y con las herramientas necesarias para asistirlo en cualquier impase que su automóvil presente en nuestro corredor vial.

SEGURIDAD-POLICÍA DE CARRETERAS

A lo largo del corredor vial el usuario gozará de la oportuna, confiable, tranquila y segura compañía las 24 horas de la policía de carreteras.

Rutas

TÉRMINOS DE REFERENCIA ARRENDAMIENTO CAFETERIA ÁREA DE SERVICIOS TÉRMINOS DE REFERENCIA ARRENDAMIENTO CAFETERÍA ÁREA DE SERVICIOS Ruta Nacional 4510 Pr 18+500 Sector Guarinocito

Galería

CRITERIOS A TENER EN CUENTA

El Área de Servicios, proporciona servicios complementarios de atención a los usuarios del corredor vial, entre ellos se encuentra el de restaurante o cafetería, y según Apéndice Técnico 2, pág. 30: “El Concesionario podrá contratar la Operación de todos los servicios con empresas especializadas y podrá arrendar los locales a terceros”, por lo tanto se presentan los siguientes criterios a tener en cuenta:

Tenencia del área de cafetería:           Arriendo

Arrendador:                                             Concesión Alto Magdalena SAS

Arrendatarios:                                         Tercero (oferente de comunidad AID)

Canon de arrendamiento:                     Quinientos mil pesos ($500.000), incluye servicios públicos (energía y agua).

Duración:                                                 6 meses (prorrogables)

Pagos arriendo:                                      Mes anticipado cuenta bancaria Concesión -Explotación Comercial bajo    

                                                                  términos del contrato de arrendamiento.

Equipamiento básico 1:                        Local de 200m2 con servicios de agua y energía, con bodega, cocina y

                                                                  parqueaderos. Los muebles y enseres serán proporcionados por el

                                                                  arrendatario.

Equipamiento básico 2:                        Local de 113.22m2 con servicios de agua y energía, con cocina y parqueaderos.

                                                                  Los muebles y enseres serán proporcionados por el arrendatario.

Fecha inicio:                                           Aprobados los documentos

Objeto comercial:                                  Servicio de cafetería y restaurante (venta de comestibles)  

Horario de atención:                             12 horas (7:00 am a 7:00 pm), manejables de acuerdo a la dinámica de mayor

                                                                 afluencia de los usuarios.

Supervisor contrato:                             Administración Concesión Alto Magdalena SAS

Requisitos de funcionamiento:           Registro Sanitario (Secretaria Municipal de Salud), bomberos, RUT, matricula

                                                                 mercantil vigente y certificado de manipulación de alimentos.

Experiencia:                                           Un (1) año mínimo en establecimientos de venta de alimentos.

Mínimos en ofrecer:                             Venta de tintos, aromáticas, café, leche, jugos, dulces, comestibles en paquetes,

                                                                 aguas, pan, enlatados, gaseosas. Preparación de comidas (almuerzos, 

                                                                 desayunos y cenas). Los demás artículos a considerar por el arrendatario y 

                                                                 demanda de los usuarios.

Contacto:                                                Celulares 323-2056590

 

Correo electrónico:                               [email protected]

 

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Política Privacidad de la Información

Formulario de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS)

Formulario de Peticiones, Quejas, Reclamos y Sugerencias (PQRS) Oficina Principal de Atención al Usuario Centro de Control de Operaciones -CCO- Km86+500, Cambao; Colombia Celular: 3219738511 – Línea Gratuita: 018000 – 196056 Email: [email protected] CLAUSULA DE AUTORIZACIÓN WEB Manifiesto de manera libre, expresa, inequívoca e informada, que autorizo a la Concesión ALTO MAGDALENA S.A.S., para que, en el cumplimiento del régimen general de Habeas Data, regulado por la de la Ley 1581 de 2012 y sus decretos reglamentarios, realice la recolección, almacenamiento, uso, circulación, supresión, y en general, todas las actividades tendientes al tratamiento de mis datos personales de acuerdo con la Política de Tratamiento de Datos Personales, para los fines relacionados con su objeto social y en especial para fines legales, contractuales, comerciales, para la participación en procesos de selección conforme a lo descrito en dicha política. Declaro que se me ha informado de manera clara y comprensible que tengo derecho a conocer, actualizar y rectificar los datos personales proporcionados, a solicitar prueba de esta autorización, a solicitar información sobre el uso que se le ha dado a mis datos personales, a presentar quejas ante la Superintendencia de Industria y Comercio por el uso indebido de mis datos personales, a revocar esta autorización o solicitar la supresión de los datos personales suministrados y a acceder de forma gratuita a los mismos. Declaro que conozco y acepto el Manual de Tratamiento de Datos Personales de La concesión ALTO MAGDALENA S.A.S., y que la información por mí proporcionada es veraz, completa, exacta, actualizada y verificable. Reconozco y acepto que cualquier consulta o reclamación relacionada con el Tratamiento de mis datos personales podrá ser elevada verbalmente o por escrito ante La concesión ALTO MAGDALENA S.A.S., como Responsable del Tratamiento, cuya página web es: https://www.altomagdalena.com.co/ y su correo electrónico de atención: [email protected].

NUESTROS PEAJES

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